Micelio
Auto9 de octubre de 2024

A- de 2024

Ponente Vladimir Fernández Andrade

Demandante Lopez Vallejos Cristian Alveiro·Demandado Lopez Enriquez Nelson Francisco

Tema · dato duro
Inexistencia De Conflicto Entre Jurisdicciones-Elemento Objetivo-El Conflicto Propuesto No Recae Sobre Un Trámite Idéntico.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto aparente de jurisdicción planteado por el Juzgado Promiscuo Municipal de Guachucal, ocasionado por una demanda ejecutiva por alimentos presentada por un ciudadano, en contra de su padre, mostrando como título ejecutivo un Acta de Conciliación emitida por la Comisaría Única de Guachucal, en donde consta que fracasó el intento de conciliación y se fijó una cuota alimentaria provisional en favor del demandante como mayor de edad en condición de estudiante.

Al verificar si se da cumplimiento a los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo que configuran un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena advierte que el presupuesto objetivo no se cumple.

No existe pugna respecto de una misma causa judicial, puesto que el Juzgado Promiscuo Municipal de Guachucal reclama competencia para tramitar el proceso ejecutivo y el Resguardo Indígena El Gran Mallama del Pueblo de los Pastos pretende que se le remita el proceso de regulación de cuota de alimentos.

En otras palabras, son dos procesos judiciales diferentes y, por ende, el conflicto propuesto no recae sobre un idéntico trámite.

En tal sentido, la Corte considera que no existe un conflicto entre jurisdicciones y decide declararse inhibida para fallar y, en consecuencia, dispone el envío del expediente al Juzgado Promiscuo Municipal de Guachucal para que proceda como corresponda.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. Declararse INHIBIDA para resolver sobre el conflicto de jurisdicción remitido por el Juzgado Promiscuo Municipal de Guachucal, debido al incumplimiento del presupuesto objetivo para su configuración.
  2. Segundo. REMITIR el expediente CJU-5843 al Juzgado Promiscuo Municipal de Guachucal para que proceda como corresponda y comunique la presente decisión a los interesados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.